jueves, 31 de enero de 2013

El Pleno del Congreso Legislativo aprobó dos dictámenes a la Comisión de Justicia

Se aprueban dos dictámenes de la Comisión de Justicia

Dentro del Décimo Periodo Extraordinario de Sesiones, el Pleno del Congreso Legislativo aprobó dos dictámenes a la Comisión de Justicia, el primero a iniciativa del Diputado César Alejandro Domínguez Domínguez, y el otro por parte de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
Se incorporan jueces de primera instancia al actual Sistema Penal.

La propuesta enviada por el Diputado Alejandro Domínguez, propone reformar el artículo 11 de la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales; así como reformar el artículo 150 ter y adicionar el artículo 150 quinques, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ambos ordenamientos del Estado de Chihuahua, con el objeto de que los jueces de Primera Instancia Pertenecientes al Sistema Penal Tradicional, se incorporen al actual Sistema Penal y se especialicen como jueces en ejecución de penas, mejorando con ello el sistema de impartición de justicia.

El cual quedó redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 11.- Jueces de Ejecución de Penas.

Los Jueces de Ejecución de Penas en el Estado, actuarán en el Distrito Judicial correspondiente, con la posibilidad de prorrogar su jurisdicción a otros distritos, de conformidad con las disposiciones generales que el Supremo Tribunal de Justicia del Estado dicte, en los términos de las facultades otorgadas al Pleno en la Ley Orgánica respectiva.

Se elimina la abstención del Poder Ejecutivo para sancionar a servidores públicos.

Por otra parte, el Diputado Alejandro Pérez Cuellar, dio lectura al dictamen que tiene como objeto derogar el párrafo primero del artículo 32 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, a efecto de eliminar la abstención que la Ley concede al Poder Ejecutivo para sancionar a un servidor público, el cual quedó redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se deroga el párrafo primero del artículo 32 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, para quedar redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 32.- En el Poder Ejecutivo, serán competentes para la aplicación de sanciones:

I a la III.- …

Se deroga

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